Tu jefe puede saber si empleas WhatsApp en horas de trabajo

La aplicación de mensajería instantánea más famosa del mundo ha vuelto a incumplir la legalidad vigente. Incumple  dos cláusulas del nuevo Reglamento General de Protección de Datos al no permitir desactivar las opciones de escribiendo y en línea, con las que se puede analizar la actividad de un empleado o los hábitos de una persona.

La app no ofrece máxima protección en términos de privacidad

En el RGPD se incluyen dos cláusulas muy concretas acerca de la protección de la privacidad: Privacy in Design y Privacy for Default. Esta aplicación debería ofrecer la protección total en términos de privacidad desde un principio e incluir la opción de activar o desactivar estas opciones de forma manual. Al igual que se puede desactivar la opción del check azul, también se debería poder activar o desactivar la posibilidad de que terceras personas sepan si están escribiendo o en línea. Y eso, WhatsApp, no lo permite.

Para el uso profesional, WhatsApp incumple el RGPD

La utilización profesional de las aplicaciones están reguladas por los principios que hemos mencionado antes, el de Privacy in Degisn y el de Privacy for Default. Como la app no permite desactivar las opciones que hemos mencionado, se pueden generar algoritmos y emplear aplicaciones capaces de desvelar si los trabajadores de una empresa usan la aplicación de mensajería instantánea durante su jornada laboral e incluso la hora a la que lo hacen.

Únicamente es necesario conocer el número de teléfono de una persona para poder saber a qué hora se despierta, duerme o cualquier otro dato incluso relacionado con la salud. Simplemente basta con cruzar la información del estado de este usuario con la de si escribe o no con esta aplicación. Es decir, se pueden conocer datos muy sensibles mediante estas dos variables.

Existen aplicaciones que permiten espiar y monitorizar a los contactos

Mediante aplicaciones con algoritmos como la de Chatwatch, las empresas pueden saber a qué horas se conecta un usuario y si está o no chateando. Es decir, pueden controlar si en horario laboral están empleando el teléfono móvil.

Cualquier empresa podría recurrir a un servicio de este tipo para poder analizar la actividad de sus trabajadores en  cuanto a su eficiencia

Whatsapp recopila más información de la que nos imaginamos. Aunque pensemos que tenemos todos los aspectos de privacidad activados, lo cierto es que existe información que seguirá siendo accesible a otros usuarios o programadores de aplicaciones. Hoy en día, existen páginas que analizan los patrones de conexión de los usuarios y el momento en que escriben, generando estadísticas sobre los hábitos de los usuarios e incluso la probabilidad de que dos contactos concretos se estén comunicando..

No es la primera vez que WhatsApp incumple la ley de protección de datos

En marzo de este mismo año, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sancionó con 300.000€ a esta aplicación por dar datos a Facebook sin tener el consentimiento de los usuarios. Además, Facebook también recibió una sanción por el mismo importe al tratar los datos para sus propios fines sin tener consentimiento.

El pasado 25 de mayo entró en vigor el RGPD, con el que aumenta la protección de los datos de los usuarios y la severidad de las sanciones y multas. En concreto, las multas serán hasta un 4% de la facturación anual de la empresa con un máximo de 20 millones de euros.

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